viernes, 8 de enero de 2010

OFICIO Nº 3723 - FMP - ANMMS - 2009 CARTA A LA SUNAT SOBRE INAFECTACIÓN AL IMPUESTO A LA RENTA DE INCENTIVOS OTORGADOS POR EL CAFAE

Lima, 05 de Enero del 2010

OFICIO Nº 3723-FMP-ANMMS-2009

Señores:
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SUNAT

Asunto: CARTA INDUCTIVA N° 109102007125 SOBRE CRUCE DE INFORMACIÓN
COMO PARTE DEL CONTROL PERMANENTE DEL CUMPLIMIENTO DE
LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DETECTÁNDOSE
INCONSISTENCIAS EN INGRESOS, DEDUCCIONES, PAGOS Y/O
RETENCIONES CONSIGNADOS EN LA DECLARACIÓN ANUAL RENTA
2008, RESPECTO DE LOS MONTOS INFORMADOS POR SUS AGENTES
DE RETENCIÓN Y/O DE SUS DECLARACIONES TRIBUTARIAS
MENSUALES.

De nuestra mayor consideración

Por intermedio de la presente, acudimos a Ud. para hacerle llegar el cordial y atento saludo de la Federación Médica Peruana y de la Asociación Nacional de Médicos del Ministerio de Salud y al mismo tiempo en relación al asunto que se indica le manifestamos lo siguiente:

1.
Nuestras representadas, cuentan con personería jurídica reconocida en los Registros Públicos de Lima, y son las máximas instituciones que representan al Gremio Médico Nacional. Asimismo, debemos manifestarle que nos vemos obligados acudir a su Despacho para manifestarle que desde hace varios días, venimos recibiendo las quejas de nuestros colegas, quienes demuestran que vienen siendo notificados por parte de SUNAT Cartas Inductivas, entre ellas tenemos la signada con el Nº 109102007125, con dichas cartas se están haciendo de conocimiento de los Médicos Cirujanos que se ha hecho los cruces de información realizados como parte del control permanente del cumplimiento de las obligaciones tributarias detectándose inconsistencias en los ingresos, deducciones, pagos y/o retenciones consignados en la declaración anual renta 2008, respecto de los montos informados por sus agentes de retención y/o de sus declaraciones tributarias mensuales, por lo que la SUNAT esta otorgando plazos de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de recibida para la regularización de la presentación de la declaración jurada sustentando la diferencia.

2.
Que, el inciso a) del artículo 34° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, señala que son rentas de quinta categoría, entre otras, las obtenidas por el trabajo personal prestado en relación de dependencia, incluidos cargos públicos, electivos o no, como sueldos, salarios, asignaciones, emolumentos, primas, dietas, gratificaciones, bonificaciones, aguinaldos, comisiones, compensaciones en dinero o en especie, gastos de representación y, en general, toda retribución por servicios personales. Este mismo inciso señala que, no se considerarán como tales las cantidades que percibe el servidor por asuntos del servicio en lugar distinto al de su residencia habitual, tales como gastos de viaje, viáticos por gastos de alimentación y hospedaje, gastos de movilidad y otros gastos exigidos por la naturaleza de sus labores, siempre que no constituyan sumas que por su monto revelen el propósito de evadir el impuesto.

3.
De acuerdo con la norma en mención, en principio, todo ingreso obtenido por el trabajador con ocasión del vínculo laboral que mantiene con su empleador, estará afecto al Impuesto a la Renta de quinta categoría, sin importar la denominación que se le asigne a dicho ingreso ni la entidad obligada a abonarlo. En tal sentido, como regla general, las sumas que otorguen las entidades de la Administración Pública y los CAFAE por concepto de incentivos y/o entregas a sus trabajadores se encontrarán comprendidos en el inciso a) del artículo 34° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta.

4.
Sin embargo, por excepción, una norma jurídica puede excluir del campo de aplicación del Impuesto a la Renta a determinados ingresos de los trabajadores, aun cuando éstos se originen en el vínculo laboral, así como también puede ser exonerados del pago de dicho tributo. Ahora bien, conforme al numeral 3 del inciso c) del artículo 20 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, no constituyen renta gravable de quinta categoría, los gastos y contribuciones realizados por la empresa con carácter general a favor del personal y los gastos destinados a prestar asistencia de salud de los servidores, a que se refiere el inciso II) del artículo 37° de la Ley.

5.
Por su parte, el artículo 10 del Decreto Supremo N° 110-2001-EF, señaló que, en concordancia con lo regulado en el artículo 43° del Decreto Legislativo N° 276 y el artículo 8° del Decreto Supremo N° 051-91-PCM, los incentivos y/o entregas, programas o actividades de bienestar aprobados en el marco de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 005-90-PCM, no tienen naturaleza remunerativa. A su vez, el artículo 1° del Decreto Supremo N° 170-2001-EF precisa que los incentivos y/o entregas, programas o actividades de bienestar del Gobierno Central e Instancias Descentralizadas, otorgados por el Fondo de Asistencia y Estímulo - CAFAE, están comprendidos en el numeral 3 del inciso c) del artículo 20° del Decreto Supremo N° 122-94-EF. Adicionalmente, el artículo 2° del Decreto Supremo N° 170-2001-EF dispone que lo normado en el artículo 1° del Decreto Supremo N° 110-2001-EF es de aplicación para todos los efectos legales, inclusive para todo efecto fiscal.

6.
No obstante, por aplicación del artículo 1° del Decreto Supremo N° 170-2001-EF, los incentivos y/o entregas otorgados a los trabajadores por sus respectivos CAFAE en el marco de lo establecido en el Decreto Supremo N° 005-90-PCM, no constituyen renta gravable de quinta categoría. Cabe precisar que los incentivos y/o entregas otorgados por el CAFAE inafectos del Impuesto a la Renta son aquellos que se otorgan al personal en el marco del Decreto Supremo N° 005-90-PCM. Ello fluye no sólo de la lectura concordada de las normas citadas en los párrafos precedentes, sino también de lo expresamente señalado en el primer considerando del Decreto Supremo N° 170-2001-EF, el cual textualmente indica lo siguiente: Que el artículo 140 del Decreto Supremo 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, se estableció que la administración pública a través de sus entidades deberá diseñar y establecer políticas para implementar, de modo progresivo, programas de bienestar social e incentivos dirigidos a la promoción humana de los servidores y su familia, así como a contribuir al mejor ejercicio de las funciones asignadas.

7.
Asimismo, el artículo 142 del aludido Decreto Supremo, dispone que los programas de bienestar social dirigidos a contribuir al desarrollo humano del servidor de carrera, y de su familia en lo que corresponda, procuran la atención prioritaria de sus necesidades básicas, de modo progresivo, mediante la ejecución de acciones destinadas a cubrir los siguientes aspectos:a) Alimentación, referida a la que el servidor requiera durante la jornada legal de trabajo;b) Movilidad, que permita el traslado diario del servidor de su domicilio a la entidad y viceversa;

8.
Que, el pago efectuado por concepto de Asignación Extraordinaria por Trabajo Asistencial – AETA, de conformidad con lo normado en el Decreto de Urgencia N° 032-2002-PCM y Decreto de Urgencia N° 046-2002, precisamente el artículo 1.2 de la primera norma Establece: Dicha prestación no tiene carácter remunerativo, ni pensionable, ni sirve de base de cálculo para la compensación por tiempo de servicios ni para ningún otro beneficio. En ese mismo sentido, el Decreto de Urgencia N° 088-2001 establecen disposiciones aplicables a los Comités de Administración de los Fondos de Asistencia y Estímulo de las Entidades Públicas y que de conformidad con el Decreto Supremo N° 110-2001-EF, no tiene naturaleza remuneratoria los incentivos y/o entregas, programas o actividades de bienestar aprobado en el marco de los dispuesto en el Decreto Supremo N° 005.90-PCM. En consecuencia, queda claro que el ingreso por AETA, no puede ser gravable con el impuesto a la renta por quinta categoría toda vez que se desprende del derecho normado en los artículos 140 y 142 del Decreto Supremo N° 005-90PCM.

9.
Asimismo, es necesario indicar que la entrega del incentivo denominado Asistencia Nutricional correspondiente a la suma de S/ 300.00 Nuevos Soles y el Incentivo denominado Alimentación, no son pagados en mérito a los Decretos de Urgencia Nºs 032 y 046-2002 sino a mérito de la Resolución Ministerial Nº 223-2003-SA que Aprueban la directiva “Normas para la Asignación de Incentivos Laborales y la Asignación Extraordinaria de Trabajo Asistencial en el Pliego 011 – Ministerio de Salud”, que en su numeral 4.1 señala: “Los incentivos laborales y la AETA no son de naturaleza remunerativa, ni son pensionables y no constituyen base de cálculo para los incrementos de Ley”; en su numeral 4.3 dice: “Los incentivos laborales a los que se refiere la presente Directiva se definirán de acuerdo al Capitulo XI – Del Bienestar e Incentivos Laborales del D.S. Nº 005-90-PCM-Reglamento de la Carrera Administrativa y al Art. 2º del Decreto de Urgencia Nº 088-2001, y se otorgaran de acuerdo a la disponibilidad presupuestal y por el respectivo acuerdo del Comité de Administración así como conforme a la normativa presupuestaria, por lo tanto siendo incentivos que se otorgan de conformidad con lo normado por el artículo 142 del aludido Decreto Supremo, no pueden estar sujetos a retención de tributo alguno.

10.
En conclusión los incentivos otorgados por el CAFAE en el marco del Decreto Supremo N° 005- 90-PCM; Decreto de Urgencia N° 032-2002-PCM y Decreto de Urgencia N° 046-2002, a los trabajadores sujetos al Régimen del Decreto Legislativo N° 276, no pueden calificar como renta de quinta categoría, toda vez que este mismo ingreso no se encuentra afecta a la contribuciones a ESSALUD ni a la ONP, por lo que la SUNAT debe unificar el mismo criterio adoptado para ESSALUD y ONP, caso contrario se estaría incurriendo en una evidente vulneración al principio de legalidad contenido en las normas antes señaladas.

11.
También, debemos señalar que el Ministerio de Salud a través de sus Ejecutoras, han señalado que los incentivos mencionados no están afectos al Impuesto a la Renta de quinta categoría, por lo tanto estamos ante una evidente discrepancia entre lo señalado por la SUNAT y lo dicho por el Ministerio de Salud.

En tal sentido, solicitamos tenga ha bien reevaluar el caso de los incentivos que venimos percibiendo de la forma como lo ordena los dispositivos antes glosados, los cuales no deben estar afectos a cargas tributarias; además a la brevedad posible tenga ha bien concedernos una entrevista para tratar sobre dicho asunto.

A la espera de su pronta respuesta, nos despedimos de Ud.,

Atentamente,

LEONCIO DIAZ DIAZ
PRESIDENTE DE LA FEDERACIÓN MÉDICA PERUANA

CESAR PALOMINO COLINA
PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE MÉDICOS DEL MINISTERIO DE SALUD

Informe Barometro Global Corrupcion 2009

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corrupcion global - Buscar con Google

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¿Corrupción en evaluación de docentes? Por: Leon Trahtemberg

08 de Enero del 2010

El Consejo Nacional de Educación solicitó al Ministerio de Educación que suspenda temporalmente las evaluaciones de docentes para ingresar a la Carrera Pública Magisterial en tanto se investigan y resuelven las sólidas denuncias de que miles de profesores conocían las pruebas antes de rendirlas y llevaron preparadas las claves de las respuestas.
En el blog de Hugo Díaz en Educared aparecen denuncias ejemplificadas sobre la corrupción ocurrida con la última prueba del 15 de noviembre (politicasdeeducacion.educared.pe Veamos: 1).
El ministro Chang anunció el 19 de noviembre que 41,416 profesores de los 190,317 que rindieron el examen para acceder al primer nivel de la CPM clasificaron a la segunda fase de evaluación con una nota igual o mayor a 14.
A ellos les correspondería competir por las 29,874 plazas abiertas para este nivel.
Ante las denuncias de que la lista había sido recortada truculentamente, el ministerio curiosamente extendió el número de aprobados con 14 a 74,945.2).
En el listado de resultados de quienes sacaron entre 14 y 20 de mayor a menor, hay aproximadamente 650 pares de hermanos con idénticos apellidos paternos y maternos que han sacado exactamente la misma nota hasta la décima.
(La lista completa está en usuarios. lycos.es/wilcarsistem/drepuno/ReporteOrdenPuntaje.pdf).Veamos 3 casos entre los 100 primeros:
Puestos 14 y 15: BAYONA ALVITES MARÍA OLIVIA nota 19.4
y BAYONA ALVITES ROCÍO ENMA nota 19.4.
Puestos 63 y 64: CASTRO FUENTES GUILLERMO nota 19.2
y CASTRO FUENTES MARGARITA nota 19.2.
Puestos 90 y 91: GUTIÉRREZ CHACÓN LIDIA LINDA nota 19.2
y GUTIÉRREZ CHACÓN MAURA MODESTA nota 19.2;
y así sucesivamente.
Por ejemplo, hay 65 grupos de docentes hermanos (de padre y madre) que tienen la misma nota exacta de 18.4.
Cualquier persona con algún sentido común sospecharía que es muy probable que muchos de estos cientos de hermanos hayan conocido la prueba y claves anticipadamente, a lo que hay que agregar los otros familiares y amigos cercanos, que por no tener el mismo apellido han quedado un poco más ocultos en el listado.
La transparencia y honestidad que han prometido las autoridades del Ministerio de Educación las obliga a investigar, explicar y corregir.

El Lastre Económico y Poltitico Prof. PhD. Felix Jimenez

08.01.2010

“Hay dependencia de economía mundial”.
Es difícil identificar algo bueno en la gestión económica de Alan García.
No es por mezquindad, sino por la magnitud de los problemas que sufre la población y por respeto a ella.
Prometió un programa distinto al que ahora aplica y que es contrario a los intereses del país.
Es un mal ejemplo de político. «La conducta y solo la conducta –decía J. Stuart Mill— da derecho al respeto; en lo que el hombre ejecuta, no en lo que es por nacimiento, se funda su derecho a la consideración pública.» Difícil que cambie en los próximos quince meses que le resta en el cargo.
Hay que destacar, sin embargo, que no se atrevió a modificar el esquema institucional de política macroeconómica que heredó de Alejandro Toledo. Finanzas públicas sanas y baja inflación son el resultado de este esquema; aunque hay un mal manejo del tipo de cambio que hoy, en plena crisis, sigue afectando a las exportaciones no tradicionales.
Su gobierno acentuó la dependencia de la economía peruana respecto de la economía mundial y la hizo más vulnerable a los shocks externos adversos –como la crisis actual.
Por eso, la tasa de crecimiento de más de 10% se redujo, por efectos de esta crisis, a 0%. Se descuidó el desarrollo de los mercados internos porque se prefirió al gran capital, financiero y minero.
Se optó por una economía de extracción de recursos primarios y terciarizada que opera exacerbando la desigualdad, con salarios estancados y, por lo tanto, con insuficiencia de demanda interna. El presidente neoliberal, el del «óbolo minero», no fue capaz de reponer los salarios reales aplastados en su primer gobierno. El salario real de 2008 equivale sólo al 52.8% del salario de 1987.
Además, olvidó que la justicia –como decía ese gran liberal J. Stuart Mill– es el verdadero fundamento de la vida moral en los tiempos modernos.

-(*) Ex director de Crédito Público del MEF, actual catedrático de Economía
de la PUCP.

Caretas

Caretas

El fracaso del modelo económico del APRA

08.01.2010
Por: Mario Huamán

El segundo gobierno del Presidente García será recordado por la defensa de un modelo económico paradójico.
Las exponenciales cifras económicas anunciadas por el mandatario sólo han repercutido en las altas ganancias empresariales.
Sin embargo, millones de peruanos y peruanas siguen sometidos a salarios de hambre y a servicios públicos y privados que se deterioran cada vez más.
Mientras se ufana García de que el Perú tiene una economía sólida frente a la crisis económica internacional, el crecimiento de nuestro país cayó del 9,8% en el 2008 al 0,7% en el 2009 (según algunos especialistas), la caída más catastrófica en esta parte del continente.
El fracaso del denominado Plan Estímulo y la inexistencia de uno que proteja el mercado nacional han deteriorado aún más las condiciones de vida en nuestro país, lo que se expresa en el incremento del desempleo y la pobreza según los propias instituciones vinculadas al empresariado (como la Cámara de Comercio).
Por otro lado, miles de trabajadores continúan laborando sin derechos y en condiciones precarias, especialmente los ligados a la exportación, como los textiles y agroindustriales, supuestamente los que más se beneficiarían con el TLC con Estados Unidos.
Y por ello se premia a la ministra del “baguazo” con la cartera de Economía y Finanzas.
En otros sectores continúan los despidos por sindicalizarse y decrecen las oportunidades laborales con plenos derechos para jóvenes y mujeres.
También debemos de mencionar la corrupta privatización del Puerto de Paita pese a las denuncias de irregularidades en el proceso.
Esta escandalosa concesión a empresas de capitales chilenos demuestra el desinterés de García y su partido en la defensa de nuestra soberanía (ver también como antecedente el caso Petroaudios).
Otra muestra del fracaso del gobierno aprista y su modelo económico es el último paquetazo por fiestas de fin de año con el incremento del costo de los combustibles, lo que viene provocando el alza del precio de los alimentos y la inflación, que repercutirá en la pérdida de la capacidad adquisitiva de los salarios y la calidad de vida de los hogares peruanos.
La CGTP demanda al país la mayor unidad posible para enfrentar en las próximas elecciones, a través de una alternativa política, a quienes desean seguir manteniendo este modelo económico que privilegia a los mismos grupos de poder, que impiden el verdadero desarrollo de las familias peruanas.

Desencuentros Por: Sinesio López Jiménez.

08/01/2010

Uno de los fenómenos políticos más destacados en el Perú del 2009 ha sido el abierto desencuentro entre el optimismo de García y el pesimismo de la gente.
¿Cuál de estos estados de ánimo se acerca más a la realidad?
La única forma de saberlo es el examen de los datos de la economía, la sociedad y la política.
Al iniciar el año 2009 García anunció una tasa de crecimiento de 6% del PBI.
A regañadientes fue reduciendo sus expectativas a medida que la marcha de la economía lo desmentía. El resultado final ha sido la modesta tasa de menos de 1%.
Los críticos, particularmente algunos economistas de Centrum y del Departamento de Economía de la PUCP, han estado más cerca de la realidad que García.

Si contrastamos los discursos y las declaraciones de García con los resultados del Latinobarómetro del 2009 podemos ver la abismal distancia que lo separa del sentimiento popular.
Mientras García a lo largo del año no se cansaba de señalar que uno de los logros de su gobierno ha sido el incremento del empleo y la reducción de la pobreza, los peruanos afirman que los problemas más importantes son los económicos (empleo, pobreza).
El Perú (68%) disputa con Nicaragua (85%) el primer puesto en este tipo de percepción.
Mientras García nos coloca a la cabeza de los países de América Latina y (cuando se exalta) del mundo en términos de crecimiento económico, el Perú se coloca prudentemente en un nivel intermedio en el concierto de países latinoamericanos.
Los que opinan que no han crecido son Nicaragua, Honduras y México y los que son optimistas con su crecimiento son Uruguay, Chile y Panamá.
Honduras, Nicaragua, México y Perú presentan mayores porcentajes de encuestados que creen que sus países nunca alcanzarán el desarrollo, a contracorriente de García quien cree que el Perú pronto estará en las ligas mayores.
El Perú y Argentina son los países menos satisfechos con sus respectivas economías y desaprueban la forma como sus presidentes han enfrentado la crisis.

García y sus ayayeros, como se sabe, creen todo lo contrario.
En la evaluación de los efectos de la crisis en la economía del país y de sus familias, el Perú se coloca en una situación intermedia en relación con El Salvador y México que sienten todo el peso de la debacle y con Brasil y Uruguay que se sienten menos afectados por ella.
García piensa, por el contrario, que el Perú ha sido el país mejor librado de la crisis. Salvo Brasil, Chile y Uruguay, la mayoría de los encuestados (entre ellos el Perú con el 60%) cree que la crisis va para largo. García, en cambio, piensa que la crisis ya terminó.
A diferencia de la mitad de los brasileños y los panameños, menos de un tercio de los peruanos, chilenos, ecuatorianos y argentinos creen que las privatizaciones han sido beneficiosas para sus respectivos países. El sentimiento es parecido con respecto a la satisfacción con los servicios públicos privatizados.
Las poblaciones más insatisfechas con ellos son chilenos y argentinos. Estos datos chocan con los arrestos privatizadores de García. Peruanos y argentinos, además, disputan el primer puesto en la idea según la cual en sus países no existe una justa distribución de la riqueza.
¿Qué explica este desencuentro entre el optimismo de García y el pesimismo de la gente?

El sentido social de su gobierno. García gobierna para los ricos en desmedro de la inmensa mayoría de peruanos.
Su optimismo es el optimismo de los ricos. Es por esta razón que García es uno de los presidentes más impopulares de América Latina. Su gobierno disputa con el de Kirchner la más alta desaprobación de los ciudadanos.

Es muy probable que el rechazo popular en una perspectiva comparada de A. Latina hiera profundamente el abultado ego de García y es muy posible también que este sea una de las razones por las que inventa encuestas imaginarias cuyos inflados resultados le parecen más tolerables.