Los 164 delegados apristas que el domingo pasado ratificaron la candidatura de Mercedes Aráoz fueron convocados por el Tribunal Nacional Electoral de esa agrupación y no por su Congreso Nacional, tal y como lo establece la Ley de Partidos Políticos.
Así lo hizo notar el abogado Guillermo Olivera Díaz, quien indicó que, por tal motivo, dicha convocatoria es nula y, por lo tanto, también la candidatura de la ex ministra de Economía.
Olivera señaló que el Tribunal Nacional Electoral del Apra está conformado apenas por tres personas; mientras que el Congreso implica una mayor participación de la militancia.
Asimismo, señaló que las modificaciones que realizaron a su estatuto –a fin de permitirle a Aráoz participar por dicho partido- las hizo el Tribunal y no el Congreso, como debió hacerse a fin de no pisotear la norma que rige a los partidos políticos.
Este cambio (que incorpora la figura del ‘invitado’) se realizó el pasado 20 de noviembre, a través de la directiva N° 006 firmada por el Tribunal Nacional Electoral, firmado por Víctor Raúl Díaz Chávez, Carlos Salazar Romero, Miguel Villegas Guerra y Leonardo Cuéllar Macavilca.
Esta modificación –realizada por el mencionado tribunal-, fue calificada por Olivera como ilegal, porque, según dijo, a dicha instancia no le competía hacerlo.
“La Ley de Partidos Políticos dice que es el estatuto el que determina la forma de elección, vía delegados, para una candidatura a la presidencia. Sin embargo, el estatuto aprista no tiene ninguna norma referida a que se tenga que invitar a quien no es aprista. Como no la tiene, recién el 20 de noviembre el Tribunal Nacional Electoral dio una directiva para poder invitar a alguien. El problema es que este tribunal no tiene ninguna competencia para hacer eso, porque ello lo tiene que hacer el estatuto del partido, vía un congreso nacional”, explicó.
“Ella ha violado la Ley de Partidos Políticos y la Constitución Política porque el artículo 35 señala que los partidos se rigen conforme a ley; no dice conforme a directivas, sino conforme a ley (la Ley de Partidos Políticos)”, agregó.
En tal sentido, Olivera concluyó que la candidatura de Aráoz es nula e ilegal. “Hay hasta una conducta delictiva porque hay falsedad genérica”.
Así lo hizo notar el abogado Guillermo Olivera Díaz, quien indicó que, por tal motivo, dicha convocatoria es nula y, por lo tanto, también la candidatura de la ex ministra de Economía.
Olivera señaló que el Tribunal Nacional Electoral del Apra está conformado apenas por tres personas; mientras que el Congreso implica una mayor participación de la militancia.
Asimismo, señaló que las modificaciones que realizaron a su estatuto –a fin de permitirle a Aráoz participar por dicho partido- las hizo el Tribunal y no el Congreso, como debió hacerse a fin de no pisotear la norma que rige a los partidos políticos.
Este cambio (que incorpora la figura del ‘invitado’) se realizó el pasado 20 de noviembre, a través de la directiva N° 006 firmada por el Tribunal Nacional Electoral, firmado por Víctor Raúl Díaz Chávez, Carlos Salazar Romero, Miguel Villegas Guerra y Leonardo Cuéllar Macavilca.
Esta modificación –realizada por el mencionado tribunal-, fue calificada por Olivera como ilegal, porque, según dijo, a dicha instancia no le competía hacerlo.
“La Ley de Partidos Políticos dice que es el estatuto el que determina la forma de elección, vía delegados, para una candidatura a la presidencia. Sin embargo, el estatuto aprista no tiene ninguna norma referida a que se tenga que invitar a quien no es aprista. Como no la tiene, recién el 20 de noviembre el Tribunal Nacional Electoral dio una directiva para poder invitar a alguien. El problema es que este tribunal no tiene ninguna competencia para hacer eso, porque ello lo tiene que hacer el estatuto del partido, vía un congreso nacional”, explicó.
“Ella ha violado la Ley de Partidos Políticos y la Constitución Política porque el artículo 35 señala que los partidos se rigen conforme a ley; no dice conforme a directivas, sino conforme a ley (la Ley de Partidos Políticos)”, agregó.
En tal sentido, Olivera concluyó que la candidatura de Aráoz es nula e ilegal. “Hay hasta una conducta delictiva porque hay falsedad genérica”.