Salud pública y derechos de la mujer
Por: Ronald Gamarra
Por: Ronald Gamarra
El debate sobre la despenalización de algunos casos de aborto sufre una aguda distorsión por causa del fundamentalismo ideológico-religioso que impide un debate racional।
Pero lo cierto es que, más allá de nuestros estrechos límites, en el ámbito de la comunidad mundial, el aborto en casos de violación, de peligro para la vida de la gestante o de defectos congénitos y genopatías graves que hagan inviable la vida del concebido no es en absoluto asunto de confesión religiosa sino de salud pública y de derechos fundamentales de la mujer, al punto que ya existe un amplio conjunto de pronunciamientos de las más altas instancias de la ONU al respecto।
Esto ha sido resultado del examen racional de este problema, lo cual debería ser aún más urgente en el Perú, donde el número de mujeres que se ven obligadas a someterse al aborto en condiciones de clandestinidad, dada su ilegalidad, es enorme, con la consecuencia de una alta mortalidad। En estas circunstancias, lo que corresponde es que quienes deben opinar y decidir entiendan que más allá del respeto a determinada confesión religiosa, este no es un tema confesional, sino de derechos fundamentales, particularmente del derecho a la salud।।
Y ciertamente, las mujeres tienen derecho a acceder al aborto en ciertos casos, conforme a los dictámenes de los organismos de la ONU, entre los cuales se encuentran el Comité de DDHH y el Comité de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación de la Mujer।
La interpretación de estos comités de la ONU reconoce que el aborto legal y seguro resulta esencial para el ejercicio efectivo de los DDHH de las mujeres. El Comité de DDHH de la ONU ha instado a los Estados a que prevengan que las mujeres se vean obligadas a recurrir a abortos clandestinos que pongan en peligro su vida. Este comité ha recomendado la revisión o enmienda de las leyes que penalizan o restringen el aborto y ha sugerido que se revisen las leyes y excepciones a la prohibición general de todo aborto.
En relación con el Perú, en 1996 señaló su inquietud por el hecho de que el aborto continúe sujeto a sanciones penales aun cuando el embarazo sea producto de una violación, eso es incompatible con el derecho a la vida, a la igualdad y el derecho a no ser sometidos a malos tratos, recomendando que se revise esta política